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  • Foto del escritorMaximiliano A. CHELI

INFRACCIÓN DE TRANSITO. VULNERACIÓN DEL DERECHO DE DEFENSA. RECOMENDACIONES.-


Se acerca el período estival y con ello asciende la masa de personas que se trasladan a lo largo y ancho del país, aumentando así también los diversos controles de tránsito, por lo que estimamos prudente proporcionar a los ciudadanos la siguiente información relacionada que puede evitar o al menos mitigar los dolores de cabeza.-


Cómo todos los habitantes de nuestra querida ciudad de Santa Rosa en esta Provincia de La Pampa, vivimos diariamente, y sobre todo, los fines de semana, el Gobierno municipal, a través de los inspectores de tránsito y en ocasiones, la Agencia Nacional de Seguridad Vial a través de la Policía Federal, realizan numerosos controles a las personas que se trasladan en automóviles, motocicletas, camiones, etc., en las distintas vías de acceso a la Ciudad, como así también en las calles del ejido municipal.-


Que no escapa al conocimiento de ningún ciudadano, las incontables ocasiones en las que se generan conflictos con los inspectores actuantes y el destrato que estos últimos sufren, pero también infringen, muchas veces, violando los derechos constitucionales de los administrados, lo que contribuye al clima de tensión constante con el que se convive diariamente.-


Es en este sentido, que desde nuestro Estudio, creemos fervientemente en la necesidad que el Estado municipal, realice los controles de tránsito, labre las actas y a través el Juzgado de Faltas, emita las sentencias, conforme a derecho y alejándose de los malos hábitos de atropellar los derechos de los ciudadanos, con el único afán recaudatorio. Dicho ello, el Juzgado de Faltas municipal de Santa Rosa, tiene como costumbre (flagrantemente contraria a derecho) no reintegrar a los conductores “comprobados” sus licencias de conducir y sus vehículos (secuestrados y a la intemperie en un depósito inadecuado) hasta tanto los mismos no abonen las “multas”, sin siquiera darle el derecho a defenderse, lo que claramente resulta inconstitucional.-


Este irregular actuar de la Administración Municipal debe ser modificado y la única forma es a través de la justicia, a la que muchas veces las personas no acuden por su inexplicable lentitud en resolver.-

Desde este punto de vista, es propicio hacer saber a los lectores, que durante el procedimiento de constatación, tienen derecho a negarse a exhibir documentación que no sea obligatoria para la circulación de los vehículos (vgr. comprobante de pago de patente) o exhibir elementos tales como las famosas “bolsas mortuarias” que tampoco son de tenencia obligatoria para la circulación, y que en caso de que sea labrada un acta de “comprobación”, exigir a la autoridad de constatación que indique con claridad la falta que se achaca.-


También es muy importante remarcar que los dispositivos utilizados para el control de alcoholemia (etilómetros), deben estar debidamente auditados y aprobados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial y además ser manipulados por inspectores y/o agentes que cuenten con la debida matriculación ante dicha entidad, lo que en muchas ocasiones no sucede. Ante esta situación, es posible para los ciudadanos, solicitar no sólo una segunda revisión con el mismo dispositivo u otro similar, sino también un examen de sangre para medir el alcohol en sangre, puesto que los dispositivos mencionados sólo miden la detección de alcohol en aliento (BrAC) y no en sangre, siendo la medición claramente carente precisión.-


Finalmente, instamos a todos los vecinos como parte de la sociedad, a que en su calidad de tal, no sólo cumplan con las obligaciones que les imponen las leyes, sino que hagan cumplir los derechos que las mismas les acuerdan, acudiendo a la justicia, siendo esta la única manera de corregir como sociedad las arbitrariedades e ilegalidades que todos los días sufrimos por parte de quienes son elegidos para gobernar y abusan del poder conferido por el pueblo.-

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